domingo, 29 de agosto de 2010

CUENTA ATRÁS



Faltan pocos días , para que estos utreros de la ganadería Los Maños , triunfadora en las dos ediciones anteriores , junto con el resto de sus hermanos santacolomeños , sean lidiados el 9 de septiembre en la III Feria de Novilladas "Villa de Andorra"



Pulsen y vean los novillos en el blog de la ganadería.



Fotos Kakel



CURAS TOREROS (Curiosidades)

Por Plácido González Hermoso

Ilustraciones de Vicente Arnás

Juegos de toros hay en España desde tiempos pretéritos, al igual que desde remotas épocas los clérigos participaban en correr toros.
Quizá, debido a que las fiestas de toros eran consideradas por la Iglesia Católica como de origen pagano o tal vez porque era una práctica demasiado habitual entre el clero de aquel tiempo participar en los juegos de toros, unido a la persistente lucha de la religión católica contra las corrientes arrianas de la época, además de la insistencia en combatir los cultos de la religión Mitraica, verdadera enemiga y competidora del cristianismo, fueran causas que llevaron a San Isidoro de Sevilla (Cartagena 560-Sevilla 636) a decir aquello de que ”Los juegos circenses fueron establecidos por causa de los sacrificios y en celebridad de los dioses gentiles, donde claramente se muestra que los que a ellos concurren tributan culto al demonio”.
Fue ésta postura uno de los primitivos gérmenes para que, posteriormente, alumbrasen las prohibiciones pontificias, en especial las de los siglos XVI y siguientes?.
De cualquier modo, dura sentencia la de este doctor de la Iglesia, ferviente luchador contra los judíos como lo prueban sus obras dogmáticas “Contra iudaeos” y “Quaestiönes adversus iudaeos et cëterus infidelis” (Contra judíos y Cuestiones contra judíos y demás infieles).
No obstante, debió hacer poca mella en el ánimo de las aficiones clericales que, a lo largo de las centurias siguientes a la época visigoda, siguieron asistiendo con profusión y donde la participación y asistencia a festejos taurinos de clérigos regulares, componentes de órdenes menores o mendicantes, seguían siendo tan numerosas como escandalosas para ciertas conciencias moralistas.
Julio Caro Baroja, en “El Estío festivo”, hace referencia a “una carta que el rey Sisebuto (612-621) dirige a cierto Obispo de Barcelona, llamado Eusebio, parece que éste era ya gran aficionado a los espectáculos de toros, cosa que el piadoso rey censura”. Esto en pleno siglo VII, cuya carta fue publicada por el padre Enrique Flores en “La España sagrada”( VII, Madrid 1890, pag. 326).(2)
Es evidente que lo habitual de aquellas prácticas provocaron, pasado el tiempo, que el rey Alfonso X “EL Sabio” (1221-1284) legislase contra esos hábitos infamantes en las famosas Partidas, concretamente en la nº I, título V, ley LVII, donde establece que “los prelados non deven yr a ver los juegos...así como alanzar, o boordar, o lidiar los toros, o otras bestias bravas nin yr a ver los que lidian...”, poniendo de manifiesto lo extendida que estaba entre el clero dicha costumbre, y en caso de desobediencia se le impusiese la infracción de:“...quedasen vedados de su oficio por tres años...”.
Un hecho curioso acaecido en Talavera de la Reina, con motivo de la organización de las famosísimas “Mondas” o “Fiestas de los toros”, pone de manifiesto la intervención del clero en estos menesteres. Acaeció en 1514 cuando, debido a las enormes desavenencias entre la Iglesia y el Ayuntamiento por la organización de las fiestas -se lidiaban veinticinco toros- sin que se llegase a acuerdo alguno, el sábado Santo, el Párroco de Santa Leocadia se sentó en un sillón delante de la puerta del toril de la plaza de toros, aledaña a la ermita de la Virgen del Prado, sin que se pudiese celebrar la corrida. Eso dio lugar a una serie de grescas y peloteras entre los dos Cabildos, el Eclesiástico y el Municipal, que desembocaron en la conocida “Acta de Concordia”, creándose por primera vez, el 25 de febrero de 1515, los cargos de “Canónigo Torero” y “Regidor Torero”, quienes en lo sucesivo serían los encargados de organizar, al alimón, las fiestas de “Las Mondas”.(6)
Muchos fueron también los Prelados que instituyeron variadas prohibiciones, en sus Constituciones Sinodales, para que los clérigos no presenciasen ni corriesen toros. Así el Obispado de Calahorra en la Constitución de 1553, establecía en su artículo VIII, hablando de los toros “...Que los clérigos de orden sacro no salgan a los capear ”.(5)
El Obispo de Pamplona, D. Bernardo de Sandoval y Rojas (1588-1596), estipuló en las Constituciones Sinodales, capítulo 7, titulado “Que los clérigos no dancen, ni bailen, ni canten cantares deshonestos, ni prediquen cosas profanas, ni se disfracen, ni vean toro”, establece la obligación de que: “…ningún clérigo, ni sacristán, baile, ni dance ni cante cantares deshonestos… en público ni en secreto: ni se disfrace para hacer representaciones profanas… ni se halle presente donde corran toros, so pena de dos ducados para povres, y ejecución de justicia, y diez días en la cárcel”.(1)
También en las del obispado de Palencia, publicadas en 1585, se dice “Que los clérigos no salgan a correr toros con los legos, so pena de mil maravedises para los pobres y por cada vez que lo hicieren”. (5)
Nótese que éstas disposiciones se producen, además, cuando ya se habían publicado las Encíclicas papales condenatorias como “Salute Gregis”(1567) y “Exponis Nobis”(1575) de Pío V y Gregorio XIII respectivamente y un año antes de ver la luz el Breve “Nuper Siquidem”(1586) promulgado por Sixto V y dirigido al obispo de Salamanca. En todas esas disposiciones pontificias, con diversas variantes, se seguían manteniendo las prohibiciones para clérigos consagrados y órdenes mendicantes que participasen en festejos taurinos: “so pena de excomunión mayor Apostólica, trina Canónica”.
Curiosamente, en el “Breve” de Sixto V se hacía hincapié al Obispo de Salamanca, a la sazón D. Jerónimo Manrique “... dándole facultad libre y autoridad plena para que impida las enseñanzas que en sus cátedras explican falazmente que los clérigos sagrados y regulares pueden lícitamente asistir a los espectáculos taurinos sin incurrir en pecado”.
A pesar de tantas prohibiciones, amonestaciones, exhortaciones o reprensiones sermoneadas, no faltaron defensores sobre la participación de los clérigos en las fiestas de toros con variados argumentos en pleno siglo XVI. Algunos llegaron incluso a decir que “...el correr toros solo será pecado mortal cuando los toros son cruelísimos y peligra la vida del que los corre...”.
Otros, como el dominico fray Acacio March de Velasco, de la orden de Predicadores, en una obra publicada en 1658, hace un verdadero ejercicio de sutileza imaginativa para justificarlos, descubriéndonos los efectos que producían en los toros, según él, las aguas y las hierbas valencianas, al decir: “De este peligro parece que estarán libres en esta ciudad de Valencia, pues llegando los toros de Castilla, a ella, aunque sean muy bravos y feroces, en bebiendo agua del Turia y comiendo destas yervas se les pasa mucha de su ferocidad”. (2)
Habría estado de acuerdo con él Santo Tomás de Villanueva (1487-1555), antagonista por excelencia donde los hubiere, que catalogaba esas fiestas de toros de bestiales y diabólicas?. En una carta que dirige el cardenal Portocarrero al rey Carlos II, el 25 de septiembre de 1680, sobre la obligación de ser cumplidas las disposiciones Apostólicas prohibitivas de las corridas de toros, en todos los reinos de la Cristiandad, entre los muchos argumentos que aporta en sus razonamientos dice:
“…el Graue Arzbpo. de Valencia Santo Thomas de Villanueva que predicando la fiesta de San Juan Baptista dijo las palabras sig.tes. “Paso en silencio ahora otros mil vicios públicos, pero quien tolerara la bestial y Diabólica costumbre de nra. España de correr toros? Que cosa mas bestial, que esrtimular avn Bruto para que despedace a los Hombres? Ocruel expectaculo O juego cruelísimo! Ves a tu Hermano Christiano, que arrebatadamente despedazado del Toro pierde la vida, no solo del cuerpo, sino también del Alma (porque comúnmente mueren estos en pecado) y te alegras, y reciues deleyte de esta Fiesta?...”(3)