jueves, 29 de julio de 2010

Constitución Española

La Constitución Española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico del Reino de España, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos de España, en vigor desde el 29 de Diciembre de 1978.


TÍTULO I.
DE LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES.

CAPÍTULO III. DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLÍTICA SOCIAL Y ECONÓMICA.

Artículo 46.

Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.



TÍTULO VIII.
DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO.

CAPÍTULO III. DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS.

1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:

1.- La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.

.....

28. -Defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación; museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de las Comunidades Autónomas (gestión del patrimonio cultural, que no su legislación, y mucho menos su prohibición).




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